Hilton Heredia García
La modificación del *Government Take* genera un fuerte debate en el país debido a su impacto directo sobre las regiones. La reducción del esquema tributario actual al tope del 50% implica un rediseño de las alícuotas tradicionales, afectando a corto plazo los ingresos directos, pero apostando a una recuperación total en el mediano plazo.
Un análisis del exviceministro de Industrialzación y experto petrolero, William Donaire refiere que el impacto se estructuraría bajo la siguiente lógica económica y fiscal:
El dilema de la base imponible: Bajo la Ley 3058 vigente, el IDH (32%) y las regalías (12% departamental + 6% compensaciones/participaciones) sumaban un 50% directo sobre el valor bruto de producción. Al sumarle impuestos nacionales y participaciones de YPFB, el Estado se quedaba con más del 60% al 80%. El nuevo límite total de tributos de hasta el 50% obliga a readecuar estos porcentajes para que la suma total (regalías + IDH + utilidades) no supere dicho tope.
Efecto Inmediato (Contracción de recursos): Al reducir la carga fiscal global, los montos liquidados mensualmente por IDH y regalías para gobernaciones, municipios y universidades públicas experimentarán una disminución proporcional en los campos actuales.
Compensación por Volumen (El objetivo de fondo): La apuesta del Gobierno es que la actual caída crítica de la producción de gas ha licuado el valor del IDH de todos modos. Al bajar los impuestos, se busca viabilizar proyectos que hoy no son rentables para las petroleras. Si se descubren nuevos megacampos, el aumento en el volumen de producción compensará la menor tasa impositiva, incrementando los ingresos netos de las regiones en el mediano plazo (proyectado hacia 2028-2029).
Acuerdos de Alivio Regional: Ante la inminente pérdida de ingresos de corto plazo, el Gobierno y los gobernadores han estado negociando de forma paralela la modificación de otras normativas (como la Ley 154 de Clasificación de Impuestos) para permitir que los gobiernos departamentales creen sus propios tributos o gestionen financiamiento externo, aliviando la asfixia económica.
El proyecto de la nueva Ley de Hidrocarburos en Bolivia —analizado por el Ejecutivo, UDAPE y remitido a instancias de revisión— busca modificar sustancialmente el Government Take (la porción de los ingresos o renta petrolera que queda en manos del Estado frente a las empresas privadas).
• Reducción del Government Take: El porcentaje que retiene el Estado pasará de un rango histórico/vigente de 80% a 90% a un nuevo esquema de 50% a 60% para las actividades de exploración y explotación.
• Tributos a petroleras:* Se fijan tributos de hasta el 50% para las empresas operadoras con el fin de aliviar la carga fiscal y atraer capitales privados.
• Fin principal: Revertir la tendencia negativa y la caída en la producción de gas natural, petróleo y condensados del país, modernizando el rol de YPFB y eliminando la discrecionalidad en los contratos para brindar mayor seguridad jurídica a los inversionistas.
• Remisión al legislativo: El proyecto ha sido concluido por el gobierno del presidente Rodrigo Paz y se prepara su envío a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su debate y consenso.
Delegando la operatividad de los campos a los privados se viola la CPE?
La delegación de la operatividad de los campos a las empresas privadas se sustentará legalmente en el proyecto de la Nueva Ley de Hidrocarburos (actualmente en debate y revisión por UDAPE y el Ejecutivo), pero su aplicación plantea un debate constitucional complejo.
Para evitar violar la Constitución Política del Estado (CPE), el Gobierno y YPFB aplicarán una figura jurídica que ya está prevista en la propia Carta Magna: los Contratos de Servicios.
La estrategia legal para no vulnerar la CPE se estructura bajo los siguientes fundamentos:
• Lo que prohíbe la CPE (Artículos 359 y 362): La Constitución establece que los hidrocarburos son propiedad inalienable e imprescriptible del pueblo boliviano. Ningún contrato puede otorgar la propiedad de los recursos en boca de pozo a empresas privadas, ni estas pueden registrarlos como activos (reservas) suyos.
* Lo que sí permite la CPE (Contratos de Servicios): El artículo 362 permite expresamente que YPFB firme contratos con empresas privadas para que realicen las actividades de exploración y explotación a nombre del Estado. Bajo esta modalidad, el privado opera el campo como un prestador de servicios y recibe un pago o retribución por su trabajo, pero la propiedad de todo el gas o petróleo producido sigue siendo 100% de YPFB.
• El cambio con la nueva norma: La ley que analiza UDAPE no privatiza la propiedad del recurso. Lo que modifica es la gestión operativa y económica: elimina la burocracia, flexibiliza las condiciones para que operar en Bolivia sea rentable (bajando el Government Take al 50%) y le entrega el control técnico del día a día del campo a la petrolera privada para que use su propia tecnología y capital, algo que los contratos actuales permitían pero de forma muy restrictiva y poco atractiva.
• El candado de la Asamblea Legislativa (Art. 362 II): Para que estos contratos operativos con privados tengan total validez legal y no sean tildados de inconstitucionales, deben ser aprobados obligatoriamente por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Cada contrato que firme YPFB requerirá una ley específica que lo autorice.
Análisis de la nueva Ley de Hidrocarburos se centra en la entrega de la operación de los campos a los privados y la reducción del IDH y de la regalías para los departamentos y municipios
El gobierno habrá concertado con las Gobernaciones y los Municipios para traspasar el el impuesto del 32% (IDH) a las empresas petroleras? Estamos retornando al esquema 82% para la petroleras y 18% para el Estado, 11% para los Departamentos productores y el 1% para Beni y Pando y el 6% para el Estado boliviano, con esos Recursos se habrá aprobado la Ley Financial?
Del 38% que se repartía para los departamentos y municipios se redujo a 6%, ¿que harán los Diputados y Senadores irán en contra de sus regiones.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí