El fiscal departamental de Santa Cruz, Alberto Zeballos, afirmó que ni al Ministerio Público, ni a la Defensoría de la Niñez, ni a la defensa de la familia de la víctima los notificaron para proceder con la acción de libertad de Sebastián D. El hombre es acusado por la violación de un menor de edad del colegio Alemán; sin embargo, la ley avala la decisión del juez, pues se trata de una acción de libertad directa similar al caso del gobernador Camacho.
Las declaraciones del fiscal han sido criticadas por algunos juristas, pues aclaran que en una acción de libertad (también llamada hábeas corpus) en Bolivia, no es obligatorio informar a terceros interesados en el sentido general, porque el procedimiento se centra en proteger de inmediato la libertad o la integridad personal del afectado frente a una detención o restricción ilegal.
Sin embargo, hay algunos matices importantes:
1. Partes principales:
• Accionante (quien interpone la acción).
• Autoridad demandada (quien ordenó o ejecuta la privación de libertad).
• Juez o tribunal de garantías (quien conoce la acción).
2. Terceros interesados:
Si existen personas o instituciones directamente vinculadas con los hechos (por ejemplo, el fiscal del caso, el defensor público o un familiar del detenido), el juez puede disponer que se les notifique para que comparezcan a la audiencia, pero no es un requisito formal previo.
• La prioridad es la celeridad: la audiencia debe realizarse de inmediato (dentro de las 24 horas de presentada la acción, según el art. 128 de la Constitución y la Ley 254 del Tribunal Constitucional Plurinacional).
El martes, el fiscal Zeballos señaló que la Fiscalía tuvo conocimiento “de manera extraoficial” de una sentencia de acción de libertad dictada el 1 de noviembre por el Juzgado 22º de Sentencia en lo Penal y Anticorrupción de la capital, a cargo del juez Hebert Zeballos.
“Hemos tomado conocimiento de manera extraoficial de esta sentencia de acción de libertad (…) aparentemente concedida. Lo que habría derivado en la disposición de la libertad del imputado”, explicó el fiscal.
Acotó que además de no llegarle la notificación tampoco se lo convocó a la audiencia en la que se resolvió la acción constitucional. Por tal motivo, consideró una vulneración al derecho del Ministerio Público a participar y ejercer la dirección funcional de la investigación.
El caso se descubrió en mayo de 2023, cuando la víctima, de 12 años de edad, denunció la violación dentro del colegio Alemán de Santa Cruz.






